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El Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas  ha emitido ayer un documento en el que afirma que la Ley 169-14, que cumplió un año de su aplicación, no ha servido para terminar con el racismo y la exclusión  de los y las dominicanas de ascendencia haitiana. 

 A continuación el documento:

Cumplido un año de la promulgación de la Ley 169-14, promulgada por el presidente Danilo Medina el 23 de mayo del 2014, es bien poco lo que se ha avanzado en la revalidación de la documentación de los dominicanos-as de ascendencia haitiana, ya que la Junta Central Electoral (JCE) continúa llevando procesos burocráticos y administrativos que desconocen el espíritu y la letra de esa legislación que según sus propulsores buscaba solucionar un conflicto profundamente humano.

            Hay que recordar que el artículo 1, letra a de la Ley 169-14,  crea un "régimen especial en beneficio de hijos de padres y madres extranjeros no residentes nacidos en el territorio nacional durante el periodo comprendido entre el 16 de junio de 1929 al 18 de abril de 2007 inscritos en los libros del Registro Civil dominicano en base a documentos no reconocidos por las normas vigentes para esos fines al momento de la inscripción"; y que su artículo 2 dispuso que "La Junta Central Electoral procederá a regularizar y / o transcribir en los libros del Registro Civil, libre de todo trámite administrativo a cargo de los beneficiarios, las actas de  las personas que se encuentren en la situación establecida en el literal a) del artículo anterior". Agrega que "Subsanada la referida irregularidad en virtud de esta ley, la Junta Central Electoral los acreditará como nacionales dominicanos".

            Incluso el artículo 4 de esa ley, aprobada de urgencia por ambas cámaras, establece que "la Junta Central Electoral dispondrá que las personas beneficiarias de este régimen especial, a las que en el pasado se les haya expedido cédulas de identidad y electoral sean dotadas del mismo documento con su numeración anterior, y a los que no hayan tenido este documento, se les otorgará."

            Sin embargo, pasado un año, la JCE todavía obliga a las personas beneficiarias a tener  que recurrir a los mismos procesos lentos y administrativos de demostración de arraigos en el país y de comprobación de la documentación de los padres a la hora de su nacimiento, en franca violación a lo dispuesto en la ley.

            La JCE lleva el proceso de transcripción y validación de los documentos como si se tratara de personas que nunca han sido declaradas, procediendo así a colocar en nuevos libros de registros las actas de nacimiento de todos los dominicanos-as de ascendencia haitiana constituyéndose así una segregación de esta población.

            Las demandas de nulidad no han cesado en los tribunales con el agravante de que ahora son por la duplicidad de registros generada por la propia  JCE. Así mismo persisten los impedimentos para que las parejas mixtas o de madres dominicanas de ascendencia haitiana puedan declarar el nacimiento de sus hijos.

            De un universo de 900 casos que hemos monitoreado  desde la puesta en marcha de la ley, aproximadamente la mitad no ha logrado obtener su documentación y una gran mayoría de los beneficiados aun se ven limitados en sus derechos, porque no han sido traducidos al sistema informático.

            Con respecto a la categoría del grupo B de la ley, los hijos de extranjeros indocumentados nacidos en el país pero que nunca fueron inscritos en el Registro Civil,  destacamos que menos  del 50 por ciento tuvo la oportunidad de acogerse al proceso por múltiples trabas que van desde la falta de información, la obligatoriedad de presentar los documentos de la madres, hasta la carencia de recursos económicos.

            De las 8 mil 755 personas  que según el Ministerio de Interior y Policía pudieron acogerse a su regularización, un gran número ha recibido cartas solicitándoles información adicional, que en muchos casos están imposibilitados de obtener. Todas estas personas y las que no pudieron ni siquiera iniciar el proceso, por falta de documentación, viven en la incertidumbre, tensión e inseguridad generadas por las constantes amenazas de deportación.

            Por todo lo antes dicho, demandamos del gobierno dominicano y de la JCE el fiel cumplimiento de la Ley 169-14 y el cese de todo intento de segregación de los dominicanos-as de ascendencia haitiana.

            También solicitamos la máxima prudencia y la adopción de previsiones para evitar la deportación de los nacidos en el país, aún de los que nunca han sido inscritos en el Registro Civil, muchos de ellos porque se les negó, sobre todo en la última década. Se da el absurdo de que en muchas familias unos hijos fueron inscritos y a otros hermanos se les negó posteriormente. Son personas que no tienen arraigo y ni siquiera vínculos familiares y sociales en otro lugar que no sea la República Dominicana. Su deportación generaría escándalos internacionales y nuevas condenas a la nación dominicana, como ya ocurrió por ejemplo con el caso Benito Tide Méndez y otros que originó una condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos..  

            En cualquier caso, esperamos que en los procesos de deportación previstos, se tengan presentes las garantías del debido proceso establecidas en el Artículo 69 de la Constitución Dominicana y en el 137 de la Ley General de Migración 285-04. 

            De manera muy puntual, a fin de evitar que sean confundidos con extranjeros, dominicanos y dominicanas de ascendencia haitiana cuyos documentos de identidad se encuentran aun en trámites de transcripción debido al retraso de  la JCE,  el  Poder Ejecutivo debe disponer como salvaguarda mínima, que las autoridades militares y de la Dirección General de Migración encargadas de los referidos procesos, validen caso por caso la identidad de toda persona que presente documentos de nacionalidad dominicanos, como extractos de actas de nacimiento, cédulas o pasaportes.  Esa validación puede hacerse disponiendo de un listado conformado a partir de los resultados del proceso de auditoría realizado por la JCE a las inscripciones en el registro civil, que fueron  homologadas por la Ley 169-14. 

Santo Domingo, 25 de Mayo del 2015
Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas